martes, 25 de agosto de 2015

USA Sentencia sobre fotografía y Licencia CC

Comentario

Un fotógrafo, tiempo atrás, colgó una fotografía en una red de Internet, sobre la base de una licencia Creative Commons. Al tiempo, años después vio que se utilizaba en una campaña comercial, por una empresa importante su creación y pretendió judicialmente una retribución económica.

La sentencia correspondiente a su reclamo no hizo lugar.

El fotógrafo divulgó en Internet esa creación bajo una licencia que admitía expresamente cualquier tipo de uso, incluido el comercial, como fue el caso que motivó su reclamo.  Correcta la sentencia: si hay una declaración general en la que se proclama una autorización indistinta, en general, no es lógico pretender rescindirla cuando se la utilizó de acuerdo al texto que proclamó el propio autor interesado.

Moraleja: LEER lo que se autoriza cada vez que se recurre a contratos pre-formateados!! Son contratos como cualquier otro...

Sugerencia: en vez de recurrir a contratos que no se quieren analizar o leer en totalidad, declarar expresamente qué quiere cada uno cuando "cuelga" creaciones en Internet. De esta forma, se sabe qué se está haciendo.



Ubicación del texto de la Sentencia:

LINK texto de la Sentencia en Scribd




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